domingo, 1 de agosto de 2010

PROPUESTO INFOMA CSIT

ANEXO I

Por la Mesa Técnica de la Dirección General de Protección Ciudadana se aprueba el presente ANEXO I de condiciones de regulación de la campaña INFOMA para los años 2010, 2011 y 2012.

1. INTRODUCCIÓN:

Por la experiencia en los últimos 10 años, la duración óptima de la Campaña INFOMA será de 118 días (4 meses). De esta manera, los 6 turnos de trabajo del Cuerpo de

Bomberos de la Comunidad de Madrid, tendrán asignados el mismo número de servicios en ese periodo.

De igual manera cabe destacar que el inicio de la Campaña bajo las premisas previstas en el PREACUERDO del que es ANEXO este documento, se produciría el primer día de Junio en el que trabaje el turno 1 y finalizará en Septiembre con en el turno 6.

2. CADENCIA DE TRABAJO:

2.1. La cadencia de trabajo del personal a turno del Cuerpo de Bomberos de la

Comunidad de Madrid, será de 1-5, excepto durante los cuatro meses de campaña

(Junio, Julio, Agosto y Septiembre), en los que la cadencia pasará a ser 1-2-1-2-1-5.

2.2. Cada turno se fraccionaría en dos grupos A y B. Cada uno de ellos realizará la nueva cadencia en el turno espejo de manera solapada.

3. HORARIO Y UBICACIÓN:

3.1. Los Servicios a realizar en el turno espejo comenzarán a las 8:45 horas y finalizarán a las 9:00 horas del día siguiente.

3.2. A las 12:00 h. el personal que se encuentre realizando servicio en su turno espejo se desplazará con un BUS o el vehículo que se determine a tal fin, al parque estacional que le corresponda por zona de influencia.

Estos parques estacionales se ubicarán a lo largo de todo el territorio de la Comunidad de Madrid como complemento a los Parques ordinarios del Cuerpo de Bomberos.

Una vez en el punto mencionado se revisará el vehículo con todo su material a fin de garantizar el buen funcionamiento y operatividad de la dotación del mismo.

3.3. Los parques estacionales iniciarán sus funciones operativas a las 13:00 h., finalizando la misma a las 21:00 horas.

3.4. Una vez terminada la guardia en el parque estacional las dotaciones volverán a sus parques de origen para completar las dotaciones operativas del mismo.

3.5. Los horarios previstos en el apartado 3.2 serán susceptibles de variar en función de la evolución del orto solar.

4. MEDIOS:

4.1. La Dirección General de Protección Ciudadana dotará al Cuerpo de Bomberos de los vehículos necesarios para garantizar los fines expuestos en el apartado anterior.

4.2. Los vehículos de intervención, estarán dotados de todos los medios necesarios para asistir cualquier clase de siniestro (extinción y rescate) bien como equipo de primera intervención o como equipo de apoyo a los parques ordinarios del Servicio.

4.3. Los Parques Estacionales mencionados en este documento se ubicarán en municipios estratégicos para integrar una red de prestación de Servicio que garantice una más rápida respuesta al aumento de siniestralidad de la campaña estival en la

Región.

Estas instalaciones contarán con las necesidades básicas de habitabilidad para sus equipos de trabajo, contando para ello con la colaboración de los municipios en los que se ubiquen los mismos.

5. PERSONAL FIJO DISCONTINUO.

5.1. Se procederá a la creación de las siguientes categorías de personal contratado fijo discontinuo, dentro del Convenio para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, destinadas al refuerzo de la Campaña INFOMA:

-Auxiliar de Extinción de Incendios Forestales y sus puestos de trabajo de

Auxiliar de Extinción y Conductor.

- Encargado de Extinción de Incendios Forestales.

5.2. Este personal conformará retenes de Pronto Ataque de Incendios Forestales y estarán compuestos por 1 Encargado, 1 Conductor y 3 Auxiliares de Extinción.

5.3. El acceso a dichas categorías se realizará por el sistema de CONCURSO

OPOSICIÓN y será necesario contar con los requisitos mínimos establecidos en las correspondientes bases de acceso, así como superar un curso selectivo impartido por la Dirección General competente en materia de protección ciudadana de la Comunidad de Madrid, dentro del marco de competencias asignadas al Instituto Madrileño de Administración Pública, que tendrá una duración no inferior a 120 horas.

5.4. Tendrán como función exclusiva realizar tareas de pronto ataque a los incendios de índole agrícola y forestal. Su perfil pasará a ser de Extinción en el momento en el que llegue al siniestro la primera dotación de Bomberos de la Comunidad de Madrid. Este personal estará, en todo supuesto, bajo la Dirección, Organización y Control del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.

5.5. Los retenes de pronto ataque del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos se ubicarán en los PIF que a tal fin se determinen y, sumados a los

Parques Estacionales previstos en el apartado 3 de este ANEXO, contribuirán al refuerzo de la red de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la

Comunidad de Madrid.

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